Frente a los reclamos y situaciones controvertidas que se están viviendo en los Registros con relación a la aplicación de la Circular D.N. N° 22/22, referida a la consideración como «Modelo-Año 2023» de automotores, solicitamos la opinión de los dos máximos referentes de registración de nuestro sector, el Dr. Eduardo Mascheroni y la Dra. Mónica Sticconi.
¿Quién es el responsable de este perjuicio patrimonial en estos supuestos? ¿Ante quién debe dirigirse la acción recursiva? ¿Ante Estado que sancionó la norma o ante el Comerciante Habitualista que vendió el rodado?
Leemos a los autores clickeando sobre sus rostros… ¡ellos difieren su opinión en este caso!
La opinión de Mónica Leela Aquí
La opinión de Eduardo Leela Aquí