Hoy en nuestra Web, encontrate con todas las normas sancionadas por la D.N.R.P.A. durante 2023.
Mes tras mes, el detalle de regulaciones dictadas en nuestro país con respecto a la registración automotor.
Normativa Diciembre 2023
- Nueva Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos
- Disposición D.N. N° 473 (29/12/23): Sustituyó, a partir del 1/1/24, la Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos puesta en vigencia por Disposición D.N. Nº 376/23 a los fines del cálculo de los aranceles de Inscripción Inicial y Transferencia por la que obra como Anexo. Estableció la forma de calcular el valor de aquellos automotores y motovehículos cuyo modelo y año no estuviere valuado en Tabla. Refirió la Resolución M.J. y D.H. Nº 314/02 y modificatorias.
Normativa Noviembre 2023
- Reposición de Placas de Identificación
- Circular D.N. Nº 28 (24/11/23): Comunica a los Encargados e Interventores que la Casa de la Moneda S.E. ha manifestado tener dificultades en lo inmediato para regularizar la provisión de pedidos realizados por las distintas oficinas registrales. Así entonces, dispone que las placas provisorias de papel entregadas a los usuarios con un plazo de 30 días resultan prorrogables mientras que el Registro no entregue las definitivas. Señala que esta medida será puesta en conocimiento de las Fuerzas de Seguridad nacionales y provinciales y de la Administración Nacional de Aduanas, a fin de evitar inconvenientes a los usuarios. Refiere así el D.N.T.R, Título II, Capítulo XIX, y Capítulo XIII, Sección 7ª, artículo 2º.
- Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos – Actualización
- Disposición D.N. N° 376 (21/11/23): Sustituye desde el 22/11/23 la Tabla de Valuación de Automotores oportunamente puesta en vigencia por la que obra como Anexo a la presente. Establece la forma de calcular el valor de aquellos automotores y motovehículos no valuados. Refiere la Resolución M.J. y D.H. N° 314/02 y la Disposición D.N. Nº 187/23.
- D.N.T.R. – Modificación
- Disposición D.N. Nº 369 (15/11/23): Subsana errores materiales provocados como consecuencia de fallas técnicas en el proceso de digitalización de la última versión del Título II del D.N.T.R, aprobado por Disposición D.N. Nº 138/22. Modifica también la redacción y algunas remisiones inexactas que ya existían en el texto aprobado por Disposición D.N. N° 36/96. Refiere también la Disposición D.N. Nº 168/23.
- Inscripción Inicial Digital
- Disposición D.N. N° 366 (14/11/23): Incorpora al D.N.T.R, Título II, Capítulo I, una Sección 24 intitulada “Inscripción Inicial Digital”, que obra como Anexo I de la presente. Incorpora también como Anexo de la Sección la “Constancia de Inscripción Digital”, que obra como Anexo II. Indica que el procedimiento reglado se habilitará por etapas en todos los Registros Seccionales de país, detallando los 10 Registros de C.A.B.A. y Gran Buenos Aires que tendrán a su cargo la primera de ellas.
- Aranceles – Medios de Pago
- Disposición D.N. N° 354 (8/11/23): Informa que, a partir del 13/11/23, los Registros Seccionales sólo podrán utilizar los sistemas o plataformas digitales de pago de Tarjetas de Débito y Transferencia, entre otras, siempre que fueran previamente homologadas por el Departamento Servicios Informáticos, para el cobro de aranceles registrales. Refiere así las Disposiciones D.N. N° 164 y 242/23, enmarcándose en el D.N.T.R, Título I, Capítulo III, Sección 1ª, Anexo II.
- Circular D.A.N.J. N° 4 (10/11/23): Aclara que la expresión “solamente” consignada en la Disposición D.N. Nº 354/23 refiere a la condición previa de homologación que requieren los nuevos medios de pago, manteniéndose también los previos, ya autorizados en el D.N.T.R, Título I, Capítulo III, Sección 1ª, Anexo II.
Normativa Septiembre 2023
- Convenio M.J.D.H. – Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires – Capacitación Virtual
- Circular D.N. N° 26 (22/9/23): Indica a un listado de Funcionarios a cargo de Registros Seccionales de la provincia de Buenos Aires que se anexa, que deberán participar de manera obligatoria en la Jornada de Capacitación Virtual a realizarse el 27/9, donde la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires capacitará para la utilización de los sistemas informáticos que oportunamente se provean y estarán destinados a dotar de mayor celeridad y simplificación el proceso de comunicación y toma de razón de medidas cautelares e informes dirigidos por autoridad judicial de la provincia de Buenos Aires hacia los Registros. Refiere así el Acta Complementaria N° 4 del Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica celebrado con la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires.
- Registros Seccionales – Reporte de Operaciones Sospechosas
- Circular D.N. N° 25 (22/9/23): Modifica el criterio relativo a la remisión a la Dirección Nacional de las copias certificadas de informes producidos y documentación involucrada al efectuar un Reporte de Financiación del Terrorismo (RFT) ante la Unidad de Información Financiera. A partir de esta instrucción, la documentación mencionada deberá digitalizarse y remitirse exclusivamente en forma virtual a la dirección electrónica: [email protected], consignando en el Asunto: “Reporte de Operación Sospechosa Dominio”. Subraya la reducción de costos, descompresión de la carga laboral. agilización del tráfico de la información y cuidado del medio ambiente que la medida implica. Refiere así las Resoluciones U.I.F. N° 51/11 y la Circular D.N. N° 11/11.
- Rentas – Provincia de Mendoza – Suspensión de la Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia
- Circular D.R. N° 28 (13/9/23): Comunica a los Encargados e Interventores de Registro de la provincia de Mendoza que, a partir del 14/9/23, se suspende de la operatoria de trámites indicados en el Instructivo General de Procedimientos a la Denuncia de Venta, Posesión o Tenencia. Ello fue solicitado por la ATM de Mendoza el 12.09.23. Refiere en el texto la Circular D.R. N° 25/23.
- 4Cédulas de Identificación: Regularización de su provisión
- Circular D.N. Nº 24 (13/9/23): Informa a Encargados e Interventores de Registro que se encuentra en proceso de regularización la provisión del elemento registral Cédula de Identificación del Automotor por parte de A.C.A.R.A. Señala que deberán emitirse de manera prioritaria aquellas Cédulas de Identificación pendientes de entrega, correspondientes a los dominios respecto de los cuales se hubiere emitido oportunamente una “Constancia de Identificación”, con independencia de la concurrencia de los usuario a la sede del Registro para su retiro, debiendo salvaguardarlas dentro de los respectivos “Legajos B” para su ulterior entrega. Indica que el procedimiento descripto no redundará en detrimento de los emolumentos mensuales, ni se advierte perjuicio patrimonial alguno a su respecto. Refiere de esta forma la Circular D.N. N° 21/23 y el artículo 3°), inciso ´o´ de la Resolución M.J. y D.H. N° 1981/12.
Normativa Agosto 2023
- Jornada Internacional de Prevención del Lavado de Activos y Compliance
- Circular D.N. Nº 23 (29/8/23): Informa a los Encargados e Interventores sobre la realización de la Jornada Internacional de Prevención de Lavado de Activos y Compliance, organizada por la Red Argentina de Profesionales para la Política Exterior (REDAPPE) y la Fundación Consilior. La misma —que tuvo por objetivo propiciar un de la espacio de encuentro y actualización en el ámbito de la prevención y lucha contra el lavado de dinero y la implementación de programas de cumplimiento normativo— se llevará a cabo en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de El Salvador, sita en la calle Tucumán Nº 1845, C.A.B.A, el día 1/9/23 de 14 a 19 hs. Copia un link desde el cual los interesados podrán inscribirse.
- Altas Impositivas Interjurisdiccionales
- Circular D.R. N° 27 (28/8/23): Adjunta como Anexo I el detalle actualizado de las jurisdicciones incluidas en la Disposición D.N. Nº 844/02 y complementarias (Formulario 31). Como Anexo II, acompaña la actualización de las jurisdicciones que se encuentran operativas en el Sistema Sucerp (Formulario 13D), conforme a la Disposición D.N. N° 127/16 y complementarias. Se enmarca en las Disposiciones D.N. Nº 844/02, 127/16, y las Circulares D.R. Nº 13/18 y 7/21.
- U.I.F. – Jurisdicciones de Alto Riesgo
- Circular D.N. Nº 22 (14.08.23): Recuerda a los Encargados que en su calidad de Sujetos Obligados deberán adoptar las medidas y cumplir con los procedimientos establecidos por la U.I.F. para prevenir, detectar y reportar hechos que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, debiendo verificar diariamente sus canales de comunicación. Subraya la instrucción en atención a las jurisdicciones de Alto Riesgo identificadas por la U.I.F. Refiere de esta forma la Notificación Nº 2013 cursada por la Unidad de Información Financiera.
- Aranceles abonados a través del S.I.T.E. – Firma ológrafa y digital
- Disposición D.N. N° 251 (10/8/21): Sustituye el texto del primer párrafo del Anexo IV, Sección 1ª, Capítulo III, Título I del D.N.T.R, reemplazando un párrafo que se prestaba a confusión, respecto a la certificación de firmas ológrafas y digitales en las Solicitudes Tipo. Refiere así el D.N.T.R, Título I, Capítulo III, Sección 1ª, Anexo IV, y la Resolución M.J. Nº 642/23.
Normativa Julio 2023
- Registros Seccionales – Medios Electrónicos para la percepción de aranceles
- Disposición D.N. Nº 242 (31/7/23): Circunscribe la operatoria de pagos mediante el “Sistema o Plataforma Digital”, a partir del 1/8/23, a los trámites con arancel de monto fijo establecidos por la Resolución M.J. y D.H. Nº 314/02 y modificatorias. Indica que los Registros sólo podrán utilizar sistemas o plataformas digitales previamente homologados por la Dirección Nacional para su cobro. Refiere así la Disposición D.N. N° 164/23.
- Rentas – Provincia de Buenos Aires – Cuadriciclos Eléctricos
- Circular D.R. Nº 22 (27/7/23): Comunica a los Encargados e Interventores de Registro del Automotor y Motovehículos de la provincia de Buenos Aires y C.A.B.A. el tratamiento que deberá darse a los automotores propulsados únicamente en forma eléctrica, amparados en las categorías L6b y L7b, bajo el tipo “Cuadriciclo Ligero L6B y Cuadriciclo Pesado L7B”. Indica que no deben procesarse en el aplicativo ARAS las operaciones Impuesto a los Automotores vinculados a estas unidades. Hace saber que ello no incluye al Impuesto de Sellos, el que deberá abonarse en la forma de práctica. Se enmarca en el Convenio de Complementación de Servicios suscripto con el Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires.
- Registros Seccionales – Medios Electrónicos para la percepción de aranceles
- Disposición D.N. Nº 242 (31/7/23): Circunscribe la operatoria de pagos mediante el “Sistema o Plataforma Digital”, a partir del 1/8/23, a los trámites con arancel de monto fijo establecidos por la Resolución M.J. y D.H. Nº 314/02 y modificatorias. Indica que los Registros sólo podrán utilizar sistemas o plataformas digitales previamente homologados por la Dirección Nacional para su cobro. Refiere así la Disposición D.N. N° 164/23.
- Rentas – Provincia de Buenos Aires – Cuadriciclos Eléctricos
- Circular D.R. Nº 22 (27/7/23): Comunica a los Encargados e Interventores de Registro del Automotor y Motovehículos de la provincia de Buenos Aires y C.A.B.A. el tratamiento que deberá darse a los automotores propulsados únicamente en forma eléctrica, amparados en las categorías L6b y L7b, bajo el tipo “Cuadriciclo Ligero L6B y Cuadriciclo Pesado L7B”. Indica que no deben procesarse en el aplicativo ARAS las operaciones Impuesto a los Automotores vinculados a estas unidades. Hace saber que ello no incluye al Impuesto de Sellos, el que deberá abonarse en la forma de práctica. Se enmarca en el Convenio de Complementación de Servicios suscripto con el Ministerio de Economía de la provincia de Buenos Aires.
- Faltante de Cédulas de Identificación – Constancia a emitir
- Circular D.N. Nº 21 (25/7/23): Autoriza a los Registros Seccionales a partir del 26 de Julio a emitir una «Constancia de Identificación» de acuerdo al modelo que se adjunta, ante la falta de stock de «Cédulas de Identificación» o «Cédulas de Identificación para Autorizado a Conducir». Detalla el procedimiento a seguir en todos los trámites que generen la emisión de Cédulas. Motiva esta excepcionalidad el faltante del pouch de seguridad para el termosellado de Cédulas comunicado por la Casa de la Moneda. Refiere así la Sección 4a del Capítulo V del R.I.N.O.F.
- Patentes, Sellos e Infracciones – Nuevos Medios de Pago
- Circular D.R. Nº 21 (24/7/23): Comunica a los Encargados e Interventores que la Asociación de Concesionarios de la República Argentina (A.C.A.R.A.) informó a la D.N.R.P.A. que ha incorporado en los Sistemas SUGIT y SUCERP un concentrador de medios de pago (E-Pagos) que permitirá ampliar los ya establecidos e incorporar una serie de modalidades y entidades que se enumeran. Refiere así las Circulares D.R. Nº 8/10 y 10/20.
- DNRPA – Designación de Oficial de Cumplimiento ante la U.I.F.
- Disposición D.N. Nº 237 (24/7/23): Asigna a partir del 24/7//23 al Sr. Mauricio Fabián Zapata las funciones de Oficial de Cumplimiento de la D.N.R.P.A. ante la U.I.F, en los términos y con los alcances establecidos por la Resolución U.I.F. Nº 127/12 y sus modificatorias. La designación obedece a la pérdida física del Dr. Marcelo Morone, quien desempeñaba la función.
- DNRPA – Designación de la Coordinadora de Asuntos Jurídicos
- Disposición D.N. Nº 236 (24/7/23): Asigna a partir del 24/7/23 a la Dra. Soledad Codega las funciones inherentes al cargo de Coordinadora de la Coordinación de Asuntos Jurídicos de la D.n.r.p.a. La designación obedece a la pérdida física del Dr. Morone, quien estaba a cargo de esa función. Transcribe en el texto la Resolución M.J.S. y D.H. Nº 2781/10.
- Definición del Perfil de Usuario – Actualización del Monto
- Circular D.N. Nº 20 (18/7/23): Actualiza, desde el 17/7/23, a $ 12.031.145 (doce millones treinta y un mil ciento cuarenta y cinco pesos) el monto a partir del cual los funcionarios a cargo de los Registros Seccionales deben definir el perfil de usuario, basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria. Refiere así el monto estipulado en el artículo 5° del Capítulo XIII, Título I del D.N.T.R.
- Motores – Acreditación del origen de las piezas
- Circular D.T.R. y R. Nº 11 (18/7/23): Comunica a los Encargados e Interventores ciertas aclaraciones relativas al modo de acreditar el origen de las piezas que componen un motor a dar de alta, cuando las mismas provengan de un automotor dado de baja con recuperación de piezas. Se enmarca así en el D.N.T.R, Título II, Capítulo III, Sección 7ª, artículo 3°, inciso g); Punto 3.
- Taller de Seguridad de la Información
- Circular D.N. Nº 19 (3/7/23): Informa a los Encargados e Interventores de Registro sobre la realización de un nuevo Taller referido a la “Seguridad de la Información”, para continuar incorporando conocimientos sobre ciberataques y amenazas, phishing e ingeniería social, contraseñas seguras y responsabilidades del usuario. Indica el 11/7/23 como fecha de inicio del Taller, y desarrolla la forma de inscripción. Refiere la Circular D.N. Nº 15/23.
Normativa Junio 2023
- C.U.I.T. y C.U.I.L. – Acreditación
- Circular D.A.N.J. Nº 2 (28/6/23): Comunica a los Encargados e Interventores que el código C.U.I.L. de toda persona que peticione una Inscripción Inicial, Transferencia a su favor, los constituyentes de Prenda y los acreedores prendarios puede tenerse por acreditado cuando el mismo pueda ser cotejado en la consulta que el Registro efectúa al servicio que ofrece el Renaper a través del S.U.R.A, cuya impresión se agregará al Legajo B. Refiere así el D.N.T.R, Título I, Capítulo I, Sección 2ª, artículo 13.
- Pago Remoto de Aranceles: Prórroga para la adhesión de los Registros a las plataformas
- Circular D.N. Nº 18 (30/6/23): Hace saber a los Encargados e Interventores que la adhesión al servicio o plataforma digital para el pago remoto de los aranceles a través del Sistema Integrado de Trámites Electrónicos —S.I.T.E— se prorroga hasta el 31/7/23. Refiere así la Circular D.N. Nº 16/23 y las Disposiciones D.N. N°s 145/22 y 164/23.
- Aranceles – Nuevos Medios de Pago
- Disposición D.N. N° 220 (16/6/23): Dispone la entrada en vigencia de lo establecido en los puntos a) y c) del artículo 3º de la Disposición D.N. Nº 168/23 —nuevos medios de pago de aranceles—, a partir de la fecha de publicación de esta norma. Refiere así la Disposición D.N. Nº 168/23, la Disposición D.N. Nº 164/23 y la Disposición D.N. Nº 145/22.
- Asueto Administrativo del 27 de Junio
- Disposición D.N. Nº 9 (13/6/23): Recuerda a los Encargados e Interventores la vigencia de la Disposición D.N. Nº 242/14, que establece asueto administrativo para el día 27 de Junio de cada año en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor de todas las competencias, por lo cual deberán permanecer cerrados sin prestación de servicio. Comunica también que deberán arbitrarse los medios para atender la actividad registral el día 26 de Septiembre de cada año y, en el caso en que se deba convocarse a prestar servicio a los empleados afiliados al Sindicato de Empleados de Comercio, ese día se asimila a los feriados nacionales a los efectos legales.
- Situaciones de Fraude Fiscal
- Circular D.N. Nº 17 (2/6/23): Adjunta a los Encargados e Interventores la respuesta brindada por el Banco de la Nación Argentina en relación a diversas comunicaciones que dan cuenta de situaciones de fraude fiscal sufridas por los funcionarios a cargo de las sedes registrales. En tal sentido, recomienda efectuar periódicamente la revisión integral de los equipos informáticos en uso, y en especial extremar los recaudos para la verificación de requerimientos de dudosa procedencia que ingresen al correo electrónico oficial del Registro Seccional, en forma previa a la descarga de archivos adjuntos o links. Adjunta así la Nota GGG del Banco Nación de fecha 22.05.23.
Normativa Mayo 2023
- Nueva Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos
- Disposición D.N. Nº 187 (30/5/23): Sustituye, a partir del 1/6/23, la Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos vigente a los fines del cálculo de aranceles de Inscripción Inicial y Transferencia, por la que obra como Anexo. Indica el procedimiento de cálculo para aquellos automotores no valuados. Refiere así la Resolución M.J. y D.H. Nº 314/02 y sus modificatorias y la Disposición D.N. Nº 271/22.
- Aranceles – Pago Remoto
- Circular D.N. Nº 16 (30/5/23): Informa a los Encargados e Interventores que deberán adherirse a un servicio o plataforma digital para el pago remoto de Aranceles a través del Site, hasta el 30/06/23. Indica que, a medida que los Registros se vayan habilitando, el Departamento de Servicios Informáticos procederá a la integración en el S.U.R.A. de la Oficina Registral que se encuentre en condiciones. Refiere así las Disposiciones D.N. Nºs 145/22 y 164/23.
- C.E.T.A – Actualización del Monto
- Disposición D.N. Nº 186 (29/5/23): Establece a partir del 1/6/23 en $ 4.500.000 el precio a partir del cual deberá tramitarse ante la A.F.I.P. el Certificado de Transferencia de Automotores (C.E.T.A) con carácter previo a una Transferencia. Indica que, a ese efecto, deberá considerarse el precio de venta consignado en la Solicitud Tipo o, de existir, el valor que surge de la Tabla de Valuaciones utilizada por los Registros Seccionales para el cálculo de aranceles (el que resultare mayor). Atiende así a la Resolución General A.F.I.P. Nº 5362/23.
- Taller de Seguridad de la Infomación
- Circular D.N. Nº 15 (19/5/23): Comunica a los Encargados e Interventores de Registro que la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos desarrolló un ´Taller de Seguridad de la Información´ destinado exclusivamente a empleados y funcionarios del Registro de la Propiedad del Automotor. Solicita por tanto a todos los funcionarios a cargo de las sedes registrales que cumplan con la debida inscripción y cursado, a fin de incorporar conocimeintos básicos sobre ciberseguridad, ciberataques, amenazas y contraseñas seguras. Indica que el taller es gratuito y se dictará bajo la modalidad virtual a partir del 6 de junio, pudiéndose también inscribir colaboradores.
- D.N.R.P.A. – Consultas al Departamento de Asuntos Normativos y Judiciales – Sistema Gede
- Circular D.N. Nº 14 (4/5/23): Informa a los Encargados e Interventores la incorporación del trámite “Consultas al Departamento de Asuntos Normativos y Judiciales de la Dnrpa” al Módulo Trámites a Distancia del Gede. Indica, por tanto, el procedimiento que deberán seguir los funcionarios a cargo de los Registros a partir del 1/6/23. Adjunta como Anexo un Instructivo de Procedimientos.
- Declaración Jurada Patrimonial Integral – Período Anual 2022
- Circular D.N. Nº 13 (2/5/23): Hace saber a Encargados e Interventores que el vencimiento del plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales correspondientes a la obligación “Anual 2022” fue prorrogada hasta el 31/7/23. Refiere así la Circular D.N. N° 10/23.
- D.N.T.R. – Modificaciones a su Título I
- Disposición D.N. N° 168 (28/4/23): Incorpora al Título I del Nuevo D.N.T.R. criterios vertidos en Circulares, Dictámenes o Tickets emanados de las distintas dependencias de la D.N.R.P.A, a la vez que subsana errores materiales provocados como consecuencia de fallas técnicas en el proceso de digitalización. Refiere así el Régimen Jurídico del Automotor, Decreto-Ley Nº 6582/58, y la Disposición D.N. Nº 138/22; entre otras.
Abril 2023
- Pago de Aranceles Registrales – Medios Electrónicos
- Disposición D.N. Nº 164 (27/4/23): Indica que la precarga del trámite registral a través del S.I.T.E. —Sistema Integrado de Trámites Electrónicos—, cuyo arancel sea abonado por cualquiera de los medios de pago habilitados por la Disposición D.N. Nº 145/22, será considerada la rogatoria de inscripción. Reglamenta la operatoria, que entrará en vigencia a los 30 días contados a partir de la publicación de la norma.
- Placa de Identificación Alternativa para tráileres
- Circular D.N. Nº 12 (27/4/23): Indica a los Registros Seccionales que —debido a que continúan las dificultades de provisión de la Placa de Identificación Alternativa para tráileres— resulta necesario extender el plan de acción oportunamente informado. Así las cosas, indica que una vez inscripto el trámite o bien vencido el plazo de 60 días del juego de placas ya entregado, deberá acompañarse una copia de la presente Circular junto con un juego o nuevo juego de placas provisorias con vig encia por 90 días, para su colocación en la luneta trasera del vehículo de remolque. Refiere así la Circular D.N. Nº 24/22 y el D.N.T.R, Título II, Capítulo III, Sección 14ª.
- Notificación U.I.F. “Tipologías y Estudios de casos de Lavado de Activos”
- Circular D.N. Nº 11 (19/4/23): Comunica a los Encargados e Interventores la Notificación Masiva U.I.F. de fecha 17/4/23, inherente a la Estrategia Nacional ALA/CFT/CFP aprobada en línea con los estándares internacionales establecido por el Grupo GAFI. Destaca los principales puntos de la notificación. Refiere y adjunta la “Notificación Masiva” U.I.F. de fecha 17/4/23.
- Declaración Jurada Patrimonial 2022
- Circular D.N. Nº 10 (19/4/23): Comunica a los Encargados e Interventores que el Obligación Anual 2022 vence el 30/5/23. Acompaña un instructivo y un modelo de carátula para el sobre, con el objeto de facilitar su armado. Refiere así lo establecido en el R.I.N.O.F, Capítulo IV, Sección 2ª, Parte Segunda, artículos 18 al 21.
- Video Institucional – Transmisión Obligatoria
- Circular D.N. N° 9 (5/4/23): Comunica a los Encargados e Interventores que a partir de la recepción de la presente resultará obligatoria la transmisión en el monitor de TV del “Video Institucional 01/04/23”, que está disponible para su descarga en la página oficial de la Dnrpa. Detalla su localización en el sitio. Refiere lo establecido en el R.I.N.O.F, Capítulo V, Sección 1ª, Anexo, Punto 3.
- Nuevo R.I.N.O.F. – Error Material
- Disposición D.N. Nº 109 (3/4/22): Corrige un error material en la redacción del Nuevo Rinof, aclarando que los Encargados Suplentes sólo podrán “practicar la Inscripción Inicial de automotores AFF y Subastados” cuando se encuentren subrogando al funcionario a cargo del Registro. Refiere así la Disposición D.N. Nº 108/23, sustituyendo el texto del inciso d, artículo 5º, Sección 3ª, Capítulo I del R.I.N.O.F.
Marzo 2023
- R.I.N.O.F. – Nueva Edición
- Disposición D.N. Nº 108 (30/3/23): Sustituye el R.I.N.O.F. aprobado por Disposición D.N. N° 1032/96 y sus modificatorias por su similar destinado a los Registros de todas las competencias que obra como Anexo. Indica que el mismo —que actualiza y reestructura sus Capítulos y Secciones, al tiempo que suprime menciones relativas a cuestiones o procedimientos en desuso, reemplazándolos por textos actualizados— entrará en vigencia a partir del día de su publicación.
- U.I.F – Personas Expuestas Políticamente
- Disposición D.N. Nº 98 (28/3/23): Modifica el texto del artículo 11, Capitulo XIII, Título I del D.N.T.R, reflejando las modificaciones establecidas para la figura de “Personas Políticamente Expuestas”. Indica que las mismas regirán a partir del 1/4/23. Atiende así al D.N.T.R, Título I, Capítulo XIII y a la Resolución U.I.F. Nº 35/23.
- C.A.B.A. -Motovehículos – Inscripción Inicial sin turno previo
- Circular D.N. N° 8 (20/3/23): Comunicó a los Registros Seccionales de Motovehículos de la Capital Federal que no existen limitaciones para el ingreso de trámites de Inscripción Inicial, los que deberán ser recibidos sin turno previo y en la cantidad que se requiera. Indicó también que, a partir del 23/03, se habilitaría un nuevo admisor de trámites para particulares, lo que ampliará la oferta de turnos diarios disponibles. Refirió así la Circular D.N. N° 11/21.
- Plenario G.A.F.I. – Conclusiones
- Circular D.N. Nº 7 (9/3/23): Formula a los Encargados e Interventores diversas apreciaciones vinculadas a las “Conclusiones del Plenario del Grupo de Acción Financiera Internacional” (G.A.F.I), llevado a cabo los días 22, 23 y 24/2/23. Acompaña la notificación del organismo Nº 2005.
- Notificaciones de la Unidad de Información Financiera
- Circular D.N. N° 6 (7/3/23): Comunica a los Encargados e Interventores de Registro las Notificaciones U.I.F. N°s 2003 y 2004, vinculadas al Plenario GAFI llevado a cabo los días 22, 23 y 24/2/23, respecto a las jurisdicciones que se encuentran bajo monitoreo intensificado (“lista gris”) y las de alto riesgo sujetas a un llamado a la acción (“lista negra”). Refiere así la Resolución U.I.F. Nº 127/12 y la Ley Nº 25.246, inciso 6°, artículo 20.
- Transferencia de Automotores con Leasing – Verificación
- Disposición D.N. N° 88 (6/3/23). Incorpora como trámite exceptuado de cumplir el requisito de la Verificación Física a la Transferencia de Dominio que se peticiona a favor de un tercero, en un dominio con Contrato de Leasing vigente. La medida se funda en el propósito de evitar el entorpecimiento de la operatoria. Refiere así el D.N.T.R, Título II, Capítulo XVII, Sección 2a, artículo 3º, inciso e).
Febrero 2023
- Permiso de Circulación para Motovehículos
- Circular D.N. N° 5 (8/2/23): Reitera, de conformidad a lo establecido en el artículo 4°, Sección 16ª, Capítulo I, Título II del D.N.T.R, en aquellos casos en que los adquirentes acuerden asignar la tramitación y gestión de la inscripción del motovehículo al Comerciante Habitualista, podrá hacerse entrega de las unidades a cuyo efecto se confeccionará y hará entrega al usuario de un Permiso de Circulación de carácter temporario válido por siete días. Aclara el plazo a raíz de que, durante la emergencia sanitaria decretada a raíz del Covid-19, lo permisos tuvieron una vigencia de 30 días corridos. Refiere así la Disposición D.N. Nº 115/20 y la Disposición D.N. Nº 138/22 (Nuevo D.N.T.R).
- Inscripción Inicial de Cuadriciclos Ligeros L6B y Cuadriciclos Pesados L7B
- Circular D.N. N° 4 (8/2/23): Indica el procedimiento a seguir cuando por error un Registro Seccional hubiere entregado un juego de placas de identificación dominial de las establecidas en el Anexo I de la Sección 1ª, Capítulo IX, Título I del D.N.T.R, y en cuyo caso corresponde asimilar el caso a lo previsto en el artículo 8º, inciso b), Sección 18, Capítulo I, Título I del D.N.T.R. Indica que, en ese supuesto, deberá reasignarse un nuevo dominio para automotores con circulación restringida, con la salvedad de que en estos casos no se exigirá la presentación de la certificación de seguridad vehicular ni pago de arancel alguno. Refiere así la Sección 18°, Capítulo I, Título II del D.N.T.R.
Enero 2023
- Vehículos Categoría ´L´ – Licencia de Configuración de Modelo
- Circular D.N. N° 3 (30/1/23): Señala que, en virtud de las previsiones contenidas en la Resolución M.A.D.S. N° 14/23, la exigencia de Licencia de Configuración Ambiental (L.C.A) de los vehículos categoría ´L´ (motovehículos y cuatriciclos ligeros y pesados) recién se tornará operativa pasados los 18 meses posteriores a su fecha de entrada en vigencia, el día 13/1/23. Indica que la D.N.R.P.A. dictará oportunamente las normas técnico-registrales necesarias para su debida implementación, según la categoría y el modelo del vehículo. Atiende de esta manera a la norma del Ministerio de Medio Ambiente citada.
- Definición del Perfil de Usuario – Corrección del Monto a $ 8.436.988
- Circular D.N. Nº 2 (16/01/23): Corrige a $ 8.436.988 el monto a partir del cual los Encargados e Interventores deberán definir el Perfil de Usuario. Deja así sin efecto la Circular D.N. Nº 1/23.
- Definición del Perfil de Usuario – Actualización del Monto a $ 7.998.844.-
- Circular D.N. N° 1 (13/01/23): Establece en $ 7.998.844 el monto a partir del cual los Encargados deben definir el perfil de usuario, basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial financiera y tributaria. Atiende de esta forma al artículo 5° de la Disposición D.N. N° 293/12 y modificatorias.
- Leyenda 2023 para la documentación oficial
- Circular D.R.S. Nº 1 (5/1/23): Informa que, durante el año 2023, toda la documentación oficial de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, así como la de los Entes Autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar la lelyenda “1983-2023: 40 años de Democracia”. Atiende así al Decreto Nº 877 del 29/12/22.