“Hemos alcanzado el objetivo de modernizar la D.N.R.P.A”

Dr. Oscar Agost Carreño

La actual conducción de la D.N.R.P.A: Carlos Walter-Oscar Agost Carreño tomó las riendas del organismo en el mes de febrero 2016, pocas semanas después de que Mauricio Macri asumiera la presidencia de la nación.

Con las elecciones de octubre próximas a llegar, “Panorama Registral” se acercó hasta el organismo central para entrevistar al Subdirector en funciones, consultarle la posibilidad de continuidad y evaluar los cuatro años de gestión transitados.

  • Si se repitiera en octubre el resultado de las P.A.S.O. y Alberto Fernández resultara electo presidente ¿su gestión considera la posibilidad de mantenerse al frente de la D.N.R.P.A?
  • “Sería un lindo desafío para culminar aspectos que quedan pendientes. Pero nosotros nos manejamos en el terreno político y sabemos que las gestiones en los organismos públicos se prevén por cuatro años. A partir de ese momento ponemos a disposición de quien conduzca el Ejecutivo nuestra renuncia, cualquiera sea su signo político”.
  • ¿Y qué evaluación hace de su gestión al frente del organismo en estos casi cuatro años?
  • “Es favorable. Nuestro plan de gestión se ha desarrollado en un 90%”. La ´cara´ del Registro frente a la sociedad se ha modificado en forma drástica, hemos alcanzado el objetivo de modernizar la D.N.R.P.A”
El usuario twitter del Dr. Agost Carreño: @oagost se convirtió en el principal órgano de difusión de novedades institucionales durante los años de gestión
  • ¿En qué medida influyeron las limitaciones económicas nacionales en la gestión?
  • “Nosotros hemos ingresado al organismo con un número ínfimo de colaboradores, y todas estas modificaciones las ha llevado adelante personal de 20, 30 años en el organismo. Tal vez un mayor presupuesto hubiera redundado en la posibilidad de contar con un mayor número de programadores o auditores. Pero estamos muy conformes con la gestión de los funcionarios de siempre de la institución”.
  • De más de 1000 empleados del organismo en 2015 han reducido la plantilla a 750 actualmente… ¿cree que es un número adecuado o que sigue siendo excesivo?
  • “Creo que es adecuado. Se trata de una Dirección compleja, un organismo muy grande con presencia en todo el país que necesita un buen caudal de empleados”
  • Tuvieron durante su gestión una fuerte oposición de un sector de los Mandatarios, que consideraban la modernización de trámites atentaba contra su fuente laboral ¿cree que podría haberse efectuado la transición con este sector de un modo distinto?
  • “Ocurre si no se adecuaban a los tiempos iban a terminar quedando marginados por el sistema. Esta gestión ´elevó la vara´ logrando por ejemplo la obligatoriedad del secundario completo y mejorando sustancialmente el porcentaje de observación para los trámites por ellos presentados. Hemos también limitado la actuación del “mero presentante” a poco más de un trámite por mes. Sin duda hay cosas que podrían haberse efectuado en forma diferente, pero estamos conformes con la tarea. No estamos de acuerdo ni con la presentación exclusiva de trámites de parte del Mandatario ni con la noción de que complejizar los trámites sea ventajoso en ningún sentido”.
  • Existe una queja muy frecuente también con respeto a los cursos de actualización anual obligatoria…
  • “¡En todas las profesiones debemos mantenernos al día con las novedades! La normativa se modifica, y es necesaria la actualización de conocimientos. Hemos enviado al Ministerio de Justicia una propuesta de curso de actualización gratuito para se dicte en sus Sedes, y esperamos se apruebe prontamente”.

A. P.

Así es el primer auto eléctrico construido en Bolivia

Los avances en materia de movilidad libre de emisiones contaminantes van ganado terreno en distintas partes del mundo, y Bolivia no es ajena a este proceso. La semana pasada, la empresa Industrias Quantum Motors, con sede en Cochabamba, presentó el primer automóvil eléctrico construido en el vecino país. El desarrollo del proyecto llevó dos años y tuvo el apoyo de Juan Viera, un ex empleado de General Motors.

Tanto el modelo Quantum E2, como su variante E3, cuentan con capacidad para tres personas. Miden 2,50 metros de largo, 1,20 m de ancho y 1,48 m de alto y tienen un peso de 420 y 460 kilogramos, respectivamente.

Los vehículos funcionan con baterías recargables que se conectan a cualquier tomacorriente de un sistema de 220 V. El tiempo de carga completa es de 6 horas para ofrecer una autonomía de 40 kilómetros en el E2, y de 50 km en el E3.

Cabe mencionar, además, que el primero posee un motor eléctrico de 2 kW (2,7 CV) para poder alcanzar los 45 km/h de velocidad máxima, en tanto que el propulsor del segundo es más potente: desarrolla 3 kW y (4 CV) y le permite llegar a los 55 km/h.

Dentro del equipamiento estándar de este auto urbano se destacan las luces de circulación diurna led, encendido con botón, cámara trasera, climatizador, levantavidrios eléctricos, cierre centralizado y techo solar.

Un 60 por ciento de los componentes de este vehículo urbano son importados y el 40 por ciento restante es de fabricación local. Hasta el momento, la compañía tiene terminadas 50 de las 120 unidades que tiene previstas poner a la venta para este año, con precios que van de los 5.450 a los 5.950 dólares.

Este puede ser el primer paso en la fabricación a mayor escala en Bolivia. Vale recordar que las reservas de litio en ese país se encuentran dentro de las más grandes del mundo y que el país se prepara para la producción de baterías con este mineral.

Fuente: Parabrisas.com

Las Nuevas Formas de Acreditar el domicilio ante el Registro Automotor

Dra. Mónica Sticconi

Desde la ciudad de Rosario y a raíz de la última modificación referida a la acreditación de domicilio en los trámites del automotor la Dra. Mónica Sticconi comenta en su cuenta de Facebook que:

“La Disposición DN Nº 318 de fecha 17/09/19, vino a modificar lo contemplado en el Digesto de Normas Técnico Registrales en lo que refiere a la Acreditación del Domicilio ante los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor. Sabido es que el ´domicilio´ resulta ser un dato de suma importancia para trámites de inscripción inicial, transferencias o cambios de radicación ya que determina la competencia territorial de un Registro Seccional. Por ello, su acreditación aportará legitimidad a los actos administrativos inscriptorios que realice el Registro.Con esta norma -que se pondrá en vigencia a partir del 01/10/2019– el ´domicilio´ de los peticionarios PERSONAS HUMANAS se acreditará de las siguientes maneras: Personas con Ciudadanía Argentina”

1) Ante la presentación del trámite el Encargado realizará la consulta al RENAPER, a través del sistema SURA, y la misma será impresa y agregada al Legajo B. En este supuesto, de existir coincidencia entre el domicilio informado por RENAPER y el consignado en la Solicitud Tipo, el domicilio se tendrá por acreditado debiamente; 2) Si el peticionario tuviere domicilio en el exterior del país deberá acompañar una Declaración Jurada, con su firma certificada, en la que se consigne su domicilio en el país; 3) En los casos en que el peticionario fuere funcionario público o militar, o bien persona incapaz -cuyos domicilio legales se presumen en aquellos en el lugar donde prestan funciones o el del domicilio del representante del incapaz (Art. 74 inc. a), b) y d) CCC)- deberán presentar Constancia de la Autoridad o Representante del incapaz, en la que se consigne el domicilio legal, es decir que se expresará el domicilio del Organismo Público donde prestan servicios los funcionarios y militares o el domicilio del Representante del Incapaz.

Personas con Ciudadanía Extranjera: 1) Si el peticionario cuenta con DNI argentino, se acreditará su domicilio en el país mediante la consulta con RENAPER o, si tuviere DNI posterior, se acompañara la Declaración Jurada en la que se informe el domicilio actual en el país; 2) Si el peticionario extranjero no cuenta con DNI argentino, deberá presentar Declaración Jurada en la que indique el domicilio en el país. En todos los casos de presentación de Declaraciones Juradas, la firma deberá estar certificada por los autorizados a certificar firmas por el Digesto de Normas Técnico Registrales.Acreditaciones de Domicilios en las Certificaciones de Firmas: Las acreditaciones del domicilio que venían realizando los certificantes de firmas, tal como establecía el Título I, Capítulo VI, Sección 3º, Art. 2 inciso F), no tendrán más validez a partir del 1º de Octubre de 2019.

Pero las certificaciones que se hayan efectuado antes de dicha fecha, seguirán siendo válidas. Aunque resulte redundante decirlo, cabe destacar que las Personas Jurídicas seguirán acreditando su domicilio al igual que hasta ahora, ya que la modificación que estamos analizando resulta aplicable tan solo para el domicilio de las Personas Humanas. Por tanto, seguirá siendo válida la forma de acreditar el domicilio de las personas jurídicas a través de sus Estatutos o Contrato Social o con la constancia que realice el certificante de la firma”.

Dra. Mónica E. Sticconi

Abogada – Profesora

Estudio Jurídico Especializado en Automotores