Las Nuevas Formas de Acreditar el domicilio ante el Registro Automotor

Dra. Mónica Sticconi

Desde la ciudad de Rosario y a raíz de la última modificación referida a la acreditación de domicilio en los trámites del automotor la Dra. Mónica Sticconi comenta en su cuenta de Facebook que:

“La Disposición DN Nº 318 de fecha 17/09/19, vino a modificar lo contemplado en el Digesto de Normas Técnico Registrales en lo que refiere a la Acreditación del Domicilio ante los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor. Sabido es que el ´domicilio´ resulta ser un dato de suma importancia para trámites de inscripción inicial, transferencias o cambios de radicación ya que determina la competencia territorial de un Registro Seccional. Por ello, su acreditación aportará legitimidad a los actos administrativos inscriptorios que realice el Registro.Con esta norma -que se pondrá en vigencia a partir del 01/10/2019– el ´domicilio´ de los peticionarios PERSONAS HUMANAS se acreditará de las siguientes maneras: Personas con Ciudadanía Argentina”

1) Ante la presentación del trámite el Encargado realizará la consulta al RENAPER, a través del sistema SURA, y la misma será impresa y agregada al Legajo B. En este supuesto, de existir coincidencia entre el domicilio informado por RENAPER y el consignado en la Solicitud Tipo, el domicilio se tendrá por acreditado debiamente; 2) Si el peticionario tuviere domicilio en el exterior del país deberá acompañar una Declaración Jurada, con su firma certificada, en la que se consigne su domicilio en el país; 3) En los casos en que el peticionario fuere funcionario público o militar, o bien persona incapaz -cuyos domicilio legales se presumen en aquellos en el lugar donde prestan funciones o el del domicilio del representante del incapaz (Art. 74 inc. a), b) y d) CCC)- deberán presentar Constancia de la Autoridad o Representante del incapaz, en la que se consigne el domicilio legal, es decir que se expresará el domicilio del Organismo Público donde prestan servicios los funcionarios y militares o el domicilio del Representante del Incapaz.

Personas con Ciudadanía Extranjera: 1) Si el peticionario cuenta con DNI argentino, se acreditará su domicilio en el país mediante la consulta con RENAPER o, si tuviere DNI posterior, se acompañara la Declaración Jurada en la que se informe el domicilio actual en el país; 2) Si el peticionario extranjero no cuenta con DNI argentino, deberá presentar Declaración Jurada en la que indique el domicilio en el país. En todos los casos de presentación de Declaraciones Juradas, la firma deberá estar certificada por los autorizados a certificar firmas por el Digesto de Normas Técnico Registrales.Acreditaciones de Domicilios en las Certificaciones de Firmas: Las acreditaciones del domicilio que venían realizando los certificantes de firmas, tal como establecía el Título I, Capítulo VI, Sección 3º, Art. 2 inciso F), no tendrán más validez a partir del 1º de Octubre de 2019.

Pero las certificaciones que se hayan efectuado antes de dicha fecha, seguirán siendo válidas. Aunque resulte redundante decirlo, cabe destacar que las Personas Jurídicas seguirán acreditando su domicilio al igual que hasta ahora, ya que la modificación que estamos analizando resulta aplicable tan solo para el domicilio de las Personas Humanas. Por tanto, seguirá siendo válida la forma de acreditar el domicilio de las personas jurídicas a través de sus Estatutos o Contrato Social o con la constancia que realice el certificante de la firma”.

Dra. Mónica E. Sticconi

Abogada – Profesora

Estudio Jurídico Especializado en Automotores

3 thoughts on “Las Nuevas Formas de Acreditar el domicilio ante el Registro Automotor”

  1. en el caso de que se haya presentado un DNI anterior al que figura en RENAPER y el domicilio es el mismo. ¿el tramite se observa hasta que presente el ultimo DNI? o no tiene nada que ver RENAPER con la acreditación de identidad.
    pregunto por que me parece que el DNI anterior ya no tendría efecto si la persona humana generó otro DNI con posterioridad.

    1. Hola Renzo, hemos posteado tu consulta y ya cualquier miembro de la Comunidad puede responderte. Si querés recibir una respuesta certera y sin demoras te sugerimos utilizar también este espacio: https://bit.ly/3booeh9. Gracias por tu participación y saludos!

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