Cositorto, inhibido en los Registros del Automotor

El juez nacional en lo Comercial Pablo Frick dispuso este viernes la intervención judicial por seis meses de las firmas Generación Zoe S.A. y Zoe Capital S.A. y decretó la inhibición general de bienes de su presidente Leonardo Cositorto, quien se encuentra prófugo en el marco de otro expediente en el que se lo acusa de maniobras defraudatorias a través de estafas piramidales, informaron fuentes judiciales.

El juez dispuso que la inhibición general de bienes de Cositorto y Maximiliano Bustos sea, en principio, por el período de dos años, medida que ordenó inscribir de inmediato en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y en los Registros de la Propiedad Inmueble de esta ciudad y de la Provincia de Buenos Aires.

Las medidas dispuestas por la Justicia comercial se dictaron en el marco de expedientes iniciados a partir de presentaciones realizadas hace una semana por la Inspección General de Justicia (IGJ), según surge de los dos fallos a los que tuvo acceso Télam.

“No puede pasar desapercibida la trascendencia pública del caso analizado y la naturaleza de las denuncias efectuadas. Parece hallarse en juego la confianza de los inversores particulares (por poco o mucho dinero que hubiesen invertido) y, por lo tanto, el interés general derivado de la captación espuria del ahorro de los ciudadanos”, sostuvo el juez.

“Creo conveniente señalar que la aparente inobservancia de la decisión administrativa ya mencionada de la CNV podría hacer presumir que, de no adoptarse en lo inminente una medida como la requerida, se continuará con la actividad ilícita denunciada”, sostuvo.

La Noticia Completa en Télam

Una concesionaria deberá sustituir un auto que tuvo problemas con el embrague

La justicia confirmó una resolución que condenó a una concesionaria y a una automotriz a sustituir un automóvil que tuvo reiterados inconvenientes en el embrague.

La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó los recursos presentados por la concesionaria Prost y Peugeot Citroen Argentina. En consecuencia, deberán sustituirle a una mujer un auto Peugeot por otro cero kilómetro correspondiente al año en curso. También deberán pagarle más de 50 mil pesos por los daños moral y punitivo y por privación de uso del rodado.
El vehículo ingresó en 17 meses cinco veces al servicio técnico para ser reparado el desperfecto del embrague y no arreglaron el problema.
El tribunal de alzada sostiene en la resolución que «los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho en la relación de consumo a la protección de sus intereses económicos, lo que significa que los productos cumplen con estándares de calidad».
Destacan los camaristas que «la repetición de la avería es indicativo que la falla continúa, que no ha sido reparada correctamente o no se encontró la causa que produce la falla». Agregan que «la concesionaria de automotores y el fabricante resultan solidariamente responsable por el cumplimiento de la garantía». Además, señalan que «el daño moral permite resarcir las angustias y pesares que la ocasionó al comprador la reiteradamente insatisfecha cobertura de la garantía».