Las automotrices fueron al Congreso y pidieron apoyo para la Ley Autopartista

Adefa Congreso Comision Industria

La Comisión de Industria y de Presupuesto y Hacienda debatió la Ley de Promoción de Inversiones en la industria automotriz. Estuvieron presentes protagonistas del sector, que estuvo representado principalmente por Martín Galdeano, presidente de Ford Argentina y Adefa.

Esta Ley Autopartista podría definir el futuro de la industria automotriz argentina junto con la Ley de Electromovilidad. Se trata de dos leyes que establecerán las reglas que, desde hace años, vienen reclamando las terminales con fábricas de vehículos en el país y también los importadores independientes. Son proyectos que cuentan con el apoyo de las empresas autopartistas y hasta de los sindicatos del sector, porque fijarán las pautas del sector automotriz para los próximos años en la Argentina.

Estas son las declaraciones más destacadas de Martín Galdeano, tema por tema:

Producción en Argentina
Argentina está en el puesto 28 de los países que más producen autos en el mundo con una escala superior a las 500.000 unidades y gracias a la especialización ocupamos el puesto 6 en la producción global de pick-ups. El 60% de todo lo que todos producimos se exporta. Por eso la importancia de esta Ley y la necesidad de competitividad para exportar”.

Actualidad del sector
“El sector lo integran 13 terminales, más de 600 autopartistas, más de 800 concesionarios y al combinar empleo directo e indirecto sumamos 500.000 puestos de trabajo. Es el segundo sector industrial en inversión extranjera directa”.

Inversión en Argentina
Cuando las terminales decidimos invertir en Argentina y sumar una nueva plataforma global necesitamos más de 600 o 700 millones de dólares para localizar esa producción en el país de un nuevo modelo. Cuando lo hacemos miramos una escala que para la Argentina por si sola no nos da”.

Terminales locales
“Hay pocos casos en el mundo donde una industria automotriz de la escala de Argentina tenga 13 terminales produciendo en el país. Eso denota que claramente cuando nosotros invertimos ese monto de dinero estamos pensando en exportar. En esa dinámica, la competitividad del sector (de costos, de calidad) toma un factor muy importante. Todo eso es lo que estamos buscando para poder hacerlo”.

Argentina vs. resto del mundo
Cuando competimos, cualquier terminal, lo hacemos como planta contra otras plantas del mundo que producen el mismo vehículo. En nuestro caso, en Pacheco, competimos por ser la fuente de abastecimiento por ejemplo contra la planta de Ford de Sudáfrica que produce la Ranger o Tailandia o Estados Unidos. Es por eso que estamos hablando de condiciones equivalentes en la carga que tenemos en Argentina y las condiciones de entradas a esos mercados. Cuando invertimos lo hacemos pensando en una escala mucho mayor a la que nos da Argentina”.

Alto valor agregado
“Cuando miramos lo que se produce es de alto valor agregado. Es un sector que tiene un nivel de inversión de altos montos, de largo plazo y de riesgo. Combinando todos estos temas es lo que intentamos atacar con esta ley, que nos permita tener un sector exportador de productos con alto valor agregado.

Autopartistas
Fabio Rozemblum, vicepresidente AFAC, declaró: “En el mundo autopartista esa especialización en determinados vehículos también nos da una oportunidad, no solamente para ser proveedores para los que se fabrican en el país, sino también para el mercado de reposición y exportación. Son inversiones que requieren certidumbre y un horizonte que se define con vocación de industria automotriz, por eso esta ley y las próximas serán fundamentales”.

Ver video completo del debate aquí

Fuente: Motor1

Las importaciones son uno de los grandes problemas que enfrenta la industria automotriz nacional

El sector automotriz es uno de los principales demandantes de dólares debido a que Argentina importa autopartes para la fabricación de autos y pick ups. y además es uno de los rubros principales de exportación. Pero ¿Cuál es el balance de este sector?

Según el INDEC se exportaron autos y autopartes por U$S 2.187 millones. Para lograr ese incremento en las exportaciones se importaron U$S 2.175 millones. Lo que equivale a un incremento del 27.5 por ciento.

El balance comercial dice que los números del primer cuatrimestre dieron en rojo U$S 846 millones. En el 2021 el balance negativo había sido de U$S 713 millones.

Los registros presentan superávit cuando se trata de exportaciones. Las ventas de pick ups y utilitarios aportaron U$S 1.121 millones mientras que los aportes de autos y SUV fueron U$S 677 millones, el doble que en 2021. No obstante, el sector demandó U$S 3.033 millones en importaciones.

La sociedad de fábricas de automotores registró la producción de 195.306 unidades, es decir, 41.761 unidades más que en el mismo período de 2021 y las exportaciones subieron en el mismo porcentaje.

Sobre las importaciones argumentaron que como los modelos de producción local no llegan al 50% de la integración nacional para fabricar más unidades se necesitan más insumos provenientes del exterior.

Fuente: Perfil

La concubina también quiere el auto

Ante un sucesorio donde existía un vehículo otorgado a las herederas, la concubina solicitó una cautelar para impedir la venta, la Cámara Civil platense resolvió que si bien no había verosimilitud para otorgar tal medida, si existían pruebas de que posiblemente la misma haya “colaborado parcialmente con la compra del vehículo” por lo que se ordenó el embargo del 50% del producido con su venta.

En un caso donde la concubina del causante solicitó una medida cautelar en contra de las herederas para que las mismas se “abstengan de realizar actos materiales o jurídicos sobre el bien automotor” que integra el acervo sucesorio, buscando se la designe como depositaria – secuestro – ante la “inminente posibilidad de ver frustrado su derecho por una posible venta”, el juez de grado denegó la misma.

Entre sus argumentos, expresó que no se encontraba “acreditada la verosimilitud del derecho invocado por la accionante con los elementos de información agregados hasta el presente a esta causa” y que el bien del cual fuera titular el causante, estaba en posesión de sus hijas a través de un secuestro, quedando como lugar de depósito una agencia de autos.

La actora interpuso un revocatoria con apelación en subsidio, que dio intervención a la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, argumentando que si se encontraría acreditada la verosimilitud del derecho invocado, toda vez que la convivencia con el causante había sido probada mediante una información sumaria, facturas donde consta que ambos teníamos el mismo domicilio, fotos, entre otros, como así también que la misma tenía ingresos propios, que el vehículo se adquirió estando en convivencia la pareja y que el día de la operación la actora estaba hospitalizada (conforme historia clínica) por lo que no pudo asistir a la firma de los documentos.

“No llega a demostrar la apelante que existe verosimilitud del derecho y peligro en la demora para hacer lugar a la pretensión cautelar requerida. Existe verosimilitud del derecho respecto de que la apelante pueda haber colaborado parcialmente con la compra del vehículo”.

Se trata de los autos caratulados “ G. A. E. S/ MEDIDAS URGENTES PROCESOS SUCESORIOS. Causa: 131873, en donde los camaristas advirtieron que si bien “No llega a demostrar la apelante que existe verosimilitud del derecho y peligro en la demora para hacer lugar a la pretensión cautelar requerida. Existe verosimilitud del derecho respecto de que la apelante pueda haber colaborado parcialmente con la compra del vehículo”.

Ello por cuanto, las herederas también admitieron la convivencia con el causante a la época de la compra, y estando pendiente y en etapa de mediación una acción iniciada por daños y perjuicios por enriquecimiento sin causa, en caso de prosperar dicha acción “la apelante tendrá derecho a una suma de dinero, no al automotor. Este es de exclusiva titularidad del causante y se ha trasmitido a sus hijas”

Se consideró razonable que “el 50 por ciento del producido permanezca depositado en la sucesión, a las resultas del proceso de enriquecimiento sin causa iniciado por la conviviente”

Por ello decidieron que pese a que no corresponde “impedir a las sucesoras se abstengan de realizar actos materiales o jurídicos sobre el mismo”, se consideró razonable que “el 50 por ciento del producido permanezca depositado en la sucesión, a las resultas del proceso de enriquecimiento sin causa iniciado por la conviviente”

Remarcaron que estando depositado el vehículo en un agencia se presumía la posible venta, y que como el 08 lo debía suscribir el juez, no existía peligro en que se disponga del bien sin conocimiento del órgano, por ello ordenaron que las herederas sean responsables del depósito del vehículo y que una vez vendido el 50% sería depositado en los autos para la confección de un plazo fijo (para evitar la desvalorización) hasta tanto se resuelva el otro expediente.

La Noticia en “Diario Judicial”