Últimos días para el nuevo patentamiento de los tráileres y casillas rodantes

A partir del 1° de agosto, tráileres y casas rodantes que conforman la categoría 01, tendrán que contar con una nueva identificación. Además deberán tener un certificado de seguridad. Y ya no se podrá circular en ninguna ruta, avenida o calle del país con la denominada “patente 101”.

Esta polémica, recaudatoria y complicada disposición se conoció ayer cuando se reglamentó la nueva placa de identificación que será otorgada por la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (Dnrpa) y, como trámite previo, sus dueños tendrán que obtener de parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (Ansv) una certificación que confirme que estos vehículos son seguros para la circulación por la vía pública.

De acuerdo a lo que indicó la Ansv, y teniendo en cuenta las innumerables críticas de los usuarios, “los propietarios que circulen en falta con la normativa vigente podrán ser multados con las sanciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito (Nº 24.449)”, según se lee en el comunicado oficial de este organismo.

La legislación vigente, contemplada en la resolución Nº 323/2019 de la Dirección Nacional de la Propiedad Automotor, comprende a los acoplados, remolques, tráileres y casas rodantes de hasta 750 kilogramos, destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o bien elementos de recreación familiar remolcados por autos particulares.

Para obtener esta nueva patente, que provocó quejas y pedidos urgentes de suspensión al considerarse recaudatoria y sin fundamentos reales, se tendrá que tramitar un nuevo Certificado de Seguridad Vehicular; iniciar la gestión online ante el Registro de Propiedad Automotor y luego se deberán retirar las placas que entran a regir desde el 1º de agosto.

Certificado de seguridad vehicular

El certificado de seguridad vehicular (CSV) que emite la Ansv será un requisito obligatorio para tramitar la nueva patente. Se otorgará luego de aprobarse un informe técnico, que puede ser elaborado por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la Agencia de Seguridad Vial o bien a través de un ingeniero matriculado.

“El informe determina las características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos para garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción segura dentro del territorio nacional”, sostuvieron desde la Agencia de Seguridad Vial en el mediodía de ayer. 

Una vez aprobado el informe técnico y emitido el certificado de seguridad vehicular, los propietarios de los vehículos categoría O1 podrán continuar el trámite ante la Dnrpa para su inscripción y patentamiento.

¿Cómo obtener el certificado?

En lo que hace al informe técnico, se deberá realizar una evaluación técnica del tráiler o casilla rodante de acuerdo a las Disposiciones Nº 282/21 y Nº 718/21, el mismo tendrá que estar confeccionado y firmado por un ingeniero.

Sobre dónde realizar el informe, se podrá hacer en un taller de Revisión Técnica Obligatoria o mediante ingeniero matriculado por los Colegios de Ingenieros de todas las provincias. 

Una vez confeccionado el informe técnico será remitido por el Colegio de Ingenieros o taller de revisión técnica (según corresponda) a la Agencia Nacional de Seguridad Vial para su control.

De encontrarse aprobado el informe técnico, se procederá a emitir el certificado de seguridad vehicular. Una vez emitido dicho certificado se enviará al solicitante el link de pago del certificado. Y cuando se confirme el pago, se dará aviso al solicitante respecto a lo emitido por el registro de la propiedad automotor interviniente.

Iniciar trámite on line

Si el interesado quiero hacerlo ante el Registro de Propiedad Automotor. Hay que ingresar a www.dnrpa.gov.ar.

Allí tendrá que cargar los datos del vehículo tractor y el titular del rodado deberá dirigirse al Registro seccional correspondiente en el día y horario elegido con la siguiente documentación: cédula verde del vehículo tractor y DNI del titular del vehículo ya que ese Registro seccional ya tendrá en su poder el certificado de seguridad vehicular generado en el paso 1.

Sobre la entrega de las nuevas placas, el Registro de Propiedad Automotor le indicará a partir de qué fecha podrá retirarlas.

Lo importante es que el vehículo tráiler quedará habilitado para circular con la placa emitida siempre y cuando sea arrastrado por el rodado denunciado en el informe técnico, en caso de querer utilizar dicho tráiler con otro vehículo tractor deberá repetir el mismo procedimiento de patentamiento.

La Noticia Completa en “La Opinión” de Pergamino

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