Como cada comienzo de mes, resumimos en nuestra página las principales novedades normativas difundidas por la D.N.R.P.A. durante el pasado mes de agosto. Destacamos entre ellas la previsiones relativas al nuevo “Sistema de Regularización de Titularidad y Publicidad de posesión vehicular”(Disposición D.N. N° 317/18), las autorizaciones que deberán presentarse en cada caso para realizar Verificaciones sin Título ni Cédula (Circular D.R.S. Nº 23/18), la indicación del procedimiento a seguir por los Encargados e Interventores de haberse admitido precargas erradas de Transferencias con Cambio de Radicación (Circular D.N. N° 50/18), y la modificación de requisitos formales exigidos a los fabricantes de Automotores de producción artesanal (Disposición D.N. Nº 273/18).
Se aprobó también una nómina de 40 Registros Seccionales para la Etapa N° 15 del llamado a Concurso para la cobertura de cargos de Encargado (Disposiciones D.N. N° 265 y 274/18), y la Convocatoria a inscripción de sus postulantes (Disposición D.N. N° 314/18).
Finalmente digamos que se recordó que todas las Cédulas de Identificación deben ser entregadas previo corte con una troqueladora en condiciones que no permita imperfecciones (Circular D.N. N° 48/18), se adjuntó un instructivo de procedimientos para la carga de datos e impresión del Formulario 13J en el Sucerp (Circular D.R. N° 48/18) y se adjuntó un Instructivo de Procedimientos para la inscripción de contratos de “Prenda Digital (Circular D.N. Nº 51/18), entre otras instrucciones de relevancia que podés encontrar bajo Este Link.
la disposicion 317/18 del Registro de la propiedad de vehiculos y registro prendarion no hace referencia al tema motos, o sea las que son clasicas o antiguas que no podemos registratar, si alguien me puediera explicar el porque los restauradores, coleccionistas o simples usuarios de dichos rodados no podemos tener nuestras motos en regla, gracias.