Cañonazos reglamentarios

Desde la tarde de ayer, la Dnrpa se encuentra difundiendo dos novedades normativas relativas a los automotores y motovehículos que, para bien o para mal, van a tener alto impacto en la comunidad.

Por Disposición D.N. N° 30/21, se reduce, a partir del 5 de abril, de tres a un año el plazo de vigencia de la Cédula de Identificación del Automotor, a menos que fuere exhibida por el titular registral y otras alternativas muy puntuales —en cuyo caso no tiene vencimiento—.

El segundo estampido lo provoca la Disposición D.N. N° 31/21 que establece el requisito de verificación obligatoria previa a la transferencia de cualquier automotor patentado a partir del 1/1/01, ampliando considerablemente el universo de automotores que deben realizarla en forma inexcusable.

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