En el día de hoy, la Dnrpa está circularizando su Disposición D.N. N° 81/21, que modifica la redacción del D.N.T.R. Expresa así en un modo más claro que puede suplirse la presentación del C.A.T. por otros medios de acceso al Título Digital (Título Digital impreso o Nota Simple con datos de validación) por parte del Registro Seccional de futura radicación.
Modifica también el modelo de C.A.T. obrante en el Anexo VIII, Sección 1a, Capítulo VIII, Título II del D.N.T.R.
Refiere, entre otras, la Disposición D.N. N° 393/17.