En el día de hoy, la D.N.R.P.A. se encuentra circularizando su Disposición D.N. Nº 318/19.
Ella establece que, a partir del 1/10/19, el domicilio de las personas físicas argentinas y de los extranjeros con documentación argentina será tenido por acreditado a partir de la
información que obre en las bases del Renaper; a las cuales los Seccionales accederán a través del Sistema S.U.R.A.
Podés acceder a la norma completa desde Este Link