Uber: un nuevo fallo resolvió que su actividad no constituye una contravención al espacio público

Uber en Capital

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires resolvió que la actividad de la empresa Uber en Capital no constituye una contravención en la causa por “uso indebido del espacio público con fines lucrativos”, aunque sigue la disputa alrededor de la legalidad del servicio.

El fallo de la cámara, emitido el 7 de mayo pero dado a conocer anoche por la empresa, revoca las condenas impuestas contra Uber Argentina S.R.L. y sus directivos por el supuesto “uso lucrativo del espacio público sin autorización” y confirma la absolución por la supuesta “violación de clausura”.

“La circulación automotor, que es la actividad desarrollada por el conductor del vehículo, sí está autorizada en tanto tránsito automotor, es decir, en tanto uso admitido del espacio público. Está permitido que cualquier conductor transite con su vehículo particular o el que le ha sido encomendado por las calles y avenidas libradas al uso automotor con o sin pasajeros”, expresó en el texto el juez Sergio Delgado, uno de los cuatro firmantes.

Fuente: LaNacion.com.ar

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