Como hacemos mes tras mes, publicamos hoy el resumen de toda la normativa de interés dictada por la Dnrpa durante el período previo.
Ayer 31 de mayo se difundió la Resolución M.J. y D.H. N° 437/21, que modificó los de Aranceles y Emolumentos que perciben los Registros Seccionales a partir de hoy 1° de Junio (Ver las Tablas).
También ayer se dictó y difundió la Disposición D.N. N° 73/21, que estableció el arancelamiento de las Placas de Identificación para Tráilers.
Durante la semana previa, a través de la Disposición D.N. N° 70/21 se extendió la suspensión del otorgamiento del Certificado de Antecedentes Penal y Firma Digital en los Registros, hasta que los disponga la Dirección Nacional.
En relación a la Prevención del Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo, y a través de la Disposición D.N. N° 71/21 se sustituyó el punto 2 del artículo 5) de la Disposición D.N. N° 293/12 y modificatorias en lo que respecta a los supuestos en que los Encargados de Registro, quedan exceptuados de definir el perfil del cliente. Esta modificación estuvo motivada en cambios efectuados por la Resolución U.I.F. Nº 117/19, que no fueron receptados por la Disposición D.N. Nº 402/19.
La Circular D.N. Nº 3/21 comunicó a los Encargados e Interventores que el vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral correspondiente a la obligación anual 2020 había sido prorrogado hasta el 31/7/21. Recordó la forma de realizarla, acompañando un Instructivo y un modelo de carátula para el sobre. Informó también un correo electrónico donde evacuar consultas, y recordó las sanciones previstas frente al incumplimiento de la obligación.
La Circular D.N. Nº 4/21, informó el procedimiento de contingencia a seguir en los caos en que, para determinar la competencia del Registro Seccional, deba accederse al servicio que ofrece el Renaper a través del Sistema SURA y dicho servicio no arrojare respuesta alguna. Indicó que podría en esos casos tenerse por acreditado el domicilio de la persona humana en cuestión mediante la exhibición de su D.N.I, teniendo como domicilio el que surja del instrumento.
La Circular D.N. N° 5/21, por su parte, señaló a los Encargados e Interventores dos direcciones de correo electrónico de la Unidad de Información Financiera (U.I.F.) donde pueden canalizarse aquellas inquietudes, dudas o planteos que se generen a raíz de los trámites que se peticionan ante los Registros. Se informó también sobre una actualización de los montos de las operaciones alcanzadas que estaría evaluándose.
Entre otras novedades que podés encontrar durante todo el año, bajo Este Link.