En el día de hoy, la D.N.R.P.A está circularizando su Disposición D.N. N° 122/20. Ella establece que, cuando un Mandatario Matriculado efectúe una precarga en el S.I.T.E. exclusivo para estos profesionales, y al momento de
presentarse en la sede del Seccional acompañe una Solicitud Tipo 08 en formato papel de antiguo modelo y con las firmas de las partes certificadas; no deberá exigirse la presentación del 08D. Se indica que la norma entra en vigencia en el día de su publicación.