Inscripción Inicial y Transferencia de Automotores: Obligación Registral

En el día de hoy, la Dirección Nacional del Automotor está difundiendo su Circular D.N. N° 29/25

La misma destaca que, tanto ese organismo como los Registros Seccionales se encuentran en la obligación de cumplir con su función registral, por lo que la percepción de impuestos, tasas, contribuciones y multas provinciales y municipales no puede convertirse en un obstáculo para la realización de trámites.

Reitera entonces a los responsables que, cumplidos los requisitos establecidos por la autoridad registral, se deberá proceder a efectuar las correspondientes Inscripciones Iniciales y Transferencias.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *