
La Dra. Mónica Sticconi colabora con nuestro medio desde el año 2015 (Ver sus 25 artículos digitales previos)
Hoy en nuestra Web, y a poco de tomar la ruta, nos ofrece un detalle de toda la documentación registral necesaria para circular en auto por el territorio argentino.
A estas tres opciones se suma otra documentación obligatoria, que no expiden los Registros del Automotor, y que podés encontrar Aquí.
Leemos a Mónica:

“Las opciones para circular al volante de un automotor son”:
“La Cédula de Identificación (Verde): Será obligatoria su portación: a) para el titular registral siempre; b) para un conductor ´no´ titular: siempre, mientras no esté vencida; c) Y cabe advertir que también será válida la Cédula ´Digital´ (Disposición Conjunta Subsecretaria de Gobierno Digital y la DNRPA Nº 1/19, puesta en vigencia el 10/07/19 )”.

“Cédula para Autorizado a Conducir (Azul): Será obligatoria su portación siempre que la persona que conduce no es su titular registral. También será válida en Formato ´Digital´ (Disposición Conjunta Subsecretaria de Gobierno Digital y la DNRPA Nº 1/19, puesta en vigencia el 10/07/19 )”.
“Permisos Notariales: Son plenamente válidos siempre y cuando vaya acompañado por la cédula de identificación del automotor (sin importar el vencimiento de la cédula). (Nota Nº 61 y 557 del 2014)”.
“Cédula de Poseedor: Sólo puede portarla quien haya efectuado el trámite de Denuncia de Compra y Posesión, mientras no se encuentre vencida, y sólo puede conducir quien es el ´poseedor´, sin poder ceder la circulación en otra persona”.
Dra. Mónica Sticconi