Denuncia de venta: ¿cuándo tenés que hacerla y por qué es tan importante?

La compra de un auto usado se realiza muchas veces entre particulares y esa operación no siempre se completa en su totalidad. ¿Qué quiere decir eso? Que por la confianza, la transferencia queda pendiente y el vehículo sigue a nombre del antiguo dueño.

Esta decisión no es de las mejores ya que en caso de haber un accidente el primer titular quedará involucrado. Entonces, en estos casos, se recomienda realizar la denuncia de venta.

Denuncia de venta: qué es
La denuncia de venta es un trámite que exime al titular de un vehículo de cualquier responsabilidad civil con respecto al automotor y a la vez, obliga al comprador a hacer la transferencia en un plazo de 30 días hábiles.

Si no se completa la transferencia de dominio, el organismo alertará vía e-mail de tal situación, al tiempo que dispondrá la prohibición de circular y el secuestro del rodado.

La definición formal de la denuncia de venta es que “se trata de la comunicación efectuada por el titular de un dominio al haber entregado el rodado a otra persona en carácter de poseedor o tenedor (en éste caso no se trata de haber prestado el vehículo en forma momentánea, sino una entrega del uso y goce de la cosa originada en un acto jurídico registrable como puede ser el leasing o el usufructo). Una vez efectuada la entrega del automotor al comprador y sea cual fuere el tiempo transcurrido desde ese hecho, el vendedor titular registral podrá comunicar esa circunstancia al registro seccional donde aquél estuviese radicado”.

Asimismo, el artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor dispone: “hasta tanto se inscriba la transferencia el transmitente será civilmente responsable por los daños y perjuicios que se produzcan con el automotor en su carácter de dueño de la cosa. No obstante, si con anterioridad al hecho que motive su responsabilidad el transmitente hubiere comunicado al registro que hizo tradición del automotor, se reputará que el adquirente o quienes de éste último hubiesen recibido el uso, la tenencia o la posesión de aquel, revisten con relación al transmitente el carácter de terceros por quien él no debe responder y que el automotor fue usado contra su voluntad”.

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