Toda la Normativa de Noviembre 2017

La Circular D.N. Nº 47-17

A pocos días de la aparición de nuestro ejemplar impreso Nº 39, resumimos ya desde hoy toda la normativa expedida por la D.N.R.P.A. durante el finalizado mes de noviembre.

El organismo central comunicó en este período instrucciones referidas al nuevo modelo de Recibo de Pago en los Registros Seccionales (Circular D.N. Nº 44/17Circular D.R. Nº 57/17 Circular D.R. N° 58/17); a la Cuenta Corriente en el Banco de la Nación Argentina con la que deberán contar los Registros (Disposición D.N. Nº 413/17Circular D.N. Nº 46/17Circular D.R.S. Nº 29/17 Circular D.R.S. Nº 31/17), al banner informativo relativo a la Transferencia Digital de exhibición obligatoria (Circular D.N. Nº 45/17), a la fecha de entrada en vigencia para las nuevas previsiones relativas a la Verificación (Circular D.N. N° 47/17), a la innecesaria constancia en papel de los Informes de Dominio expedidos vía Web (Circular D.N. N° 48/17), al procedimiento en los Registros para el envío digital de documentación respaldatoria (Circular D.N. Nº 49/17), a la petición de expedición de Título Digital junto a la Solicitud Tipo 17 (Disposición D.N. Nº 432/17), a la prórroga en los Cursos de Capacitación y Formación de Mandatarios (Circulares D.N. Nº 50/17 y 51/17), a la Exhibición de Aranceles de parte de los Comerciantes Habitualistas (Disposición D.N. Nº 442/17 Circular D.N. Nº 53/17), entre otras indicaciones que podés encontrar bajo este Link.

Verificación Física de Automotores y Motovehículos

El pasado viernes por la tarde, la Dnrpa difundió su Disposición D.N. Nº 406/17 (Ver Aquí), que establece como obligatoria la verificación previa a la transferencia de automotores inscriptos a partir del 1º de enero de 1995, de motovehiculos importados inscriptos inicialmente a partir el 1º de enero de 2004 y de motovehiculos de fabricación nacional de más de 125 cm3 inscriptos incialemente a partir del 1º de enero de 2004. Pospone así en 10 años la antiguedad de los modelos obligados, motivando la medida la necesidad de reducir el peso económico que deben afrontar los adquirentes para registrar a su nombre el dominio y proteger así los valores y bienes jurídicos de Régimen Jurídico del Automotor.