El Fallo “Coronel”

Mónica Sticconi

La Dra. Mónica Sticconi es especialista en Derecho Administrativo. Se desempeña como abogada en su estudio jurídico; y como docente en Cursos de Capacitación de Mandatarios.

En el día de hoy nos presenta un nuevo artículo, sobre el más que nunca vigente tema de la muerte del Titular Registral antes de la firma del Comprador en 08. Otro decidida oposición a la postura que han comenzado a adoptar jueces de diversas jurisdicciones (Ver Aquí un caso similar publicado días atrás por el Dr. Eduardo Mascheroni).

La leemos:

«Caso: Un titular registral de un automotor —José Martín Coronel—, vende a una mujer –María Ester García- su vehículo, expidiéndole la correspondiente ST 08, con su firma certificada. Posteriormente a este acto, fallece el titular vendedor el 08/01/2019. La compradora, en forma posterior al deceso –el 20/02/2019- se presenta ante el Registro Seccional correspondiente y le transfiere normalmente el rodado a su nombre. Los hijos del titular fallecido (herederos), inician entonces acción contra el Registro Automotor pretendiendo la nulidad de la transferencia a favor de García».

«Sentencia del Caso: Se ordena la nulidad de la transferencia«.

«Fundamentos de la Sentencia: Refiere a que el fallecimiento del titular hace adquirir inmediatamente la “calidad de herederos” (pero no adquieren el “dominio”), sin formalidad alguna. Asimismo, fundan la “caducidad de la oferta de venta” en el Art. 976 del CCCN, así como también en el T. I, Cap. I, Secc. 1º, Art. 9 del Digesto que menciona que la solicitud tipo firmada exclusivamente por el vendedor instrumenta una oferta de venta».

«Mis opiniones e interrogantes: En esta sentencia, entiendo, no se le ha dado participación alguna a la compradora (por lo que se vislumbra de su texto), o bien no se ha atendido su posición; ni se han analizado diversas circunstancias de hecho y de derecho».

«Un contrato de compraventa automotor (boleto) implica que el vendedor “se obliga a transferir el dominio” (Art. 1123 CCCN), también se obliga a poner a disposición los instrumentos requeridos y a prestar colaboración para que dicha obligación se ejecute (Art. 1137 CCCN) y el adquirente “se obliga a pagar el precio” (Art. 1123 CCCN). En este sentido, si el comprador pagó el precio –recibiéndolo el vendedor en vida- que surge de la negociación, es evidente que la oferta de venta ha sido “aceptada”. De igual manera, la entrega del formulario 08 indispensable para la transferencia (Art. 1137 CCCN y Art. 13 RJA) demuestra la ejecución de un Contrato de Venta «cerrado» y «aceptado». No existe en la cotidianeidad de las negociaciones, ni en los usos y costumbres, una persona que entregue una Solicitud Tipo 08 firmada y con su firma certificada sin haber percibido el precio, entendiendo que solo quiere “ofrecer en venta”. Y esto, en forma evidente, parece ser desconocido por los sentenciantes».

«Sumado a lo dicho, parece olvidarse el análisis integral de lo que resulta ser verdaderamente una “oferta de venta” y las modalidades de su “aceptación”. Cabe advertir que la aceptación de una oferta de venta automotor, puede ser “expresa” o “tácita” mediante una declaración o también mediante “Actos” (Art. 979 CCCN) y en casi ninguna de las sentencias de este estilo se hace un correcto análisis del acto de aceptación de la oferta. Y esto es grave, porque solo se aferran al Art. 976 CCCN, o al Digesto de Normas Técnico Registrales (Art. 9) olvidando tantas otras normas. Ejemplo de ello es la Ley de Defensa del Consumidor, aplicable en los casos de venta de automotores por comerciantes, entre otras de superior jerarquía al Art. 9 del D.N.T.R».

«En definitiva, lo que están postulando estos fallos es que la aceptación de la oferta de venta de un automotor… ¡solo y únicamente puede hacerse en forma expresa y mediante la firma del comprador en el 08! Y esto desconoce y violenta muchas otras normas jurídicas, tanto del mismo Código Civil y Comercial, como otras normas (LDC), e incluso el Régimen Especial Decreto Ley 6582/58 (Arts. 1º, 13, 14, 15, etc). Y sin dudas, importa violentar el derecho de propiedad de miles de compradores de automotores que, por no transferir en forma inmediata (cuya sanción debiera ser solamente el pago de un arancel por mora o la posibilidad de revocación de la autorización para circular Art. 27 RJA) o aún haciéndolo según el plazo que le otorga la ley, ven vulnerados sus derechos habiendo abonado los precios de venta».

«Estos decisorios, además, colaboran con el fomento de delitos (firmas apócrifas) y olvidan del carácter abstracto de la registración automotor, al obligar a los Encargados a inmiscuirse en los “negocios” ocurridos por fuera del Registro Seccional. Sería preferible que si se pretende una modificación del sistema, lo sea en debida forma, a través de la sanción de las pertinentes normas jurídicas».

Dra. Mónica Sticconi

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Subasta de autos online: rematan vehículos Volkswagen, Ford, Fiat y otras compañías desde 60.000 pesos

El Banco Ciudad vuelve a realizar sus relevantes subastas online y en esta oportunidad, lanzó dos nuevos eventos en los que se rematarán vehículos desde los $60.000.

Los mismos se realizarán los días 17 y 21 de diciembre de este año, con horario de inicio a las 11:00 horas, y de finalización a las 17:00 horas.

La modalidad en que se llevarán a cabo es online, a través del sitio web de subastas del Banco Ciudad de Buenos Aires.

Por su parte, la exhibición tendrá lugar en la calle Zepita N° 3.102, barrio porteño de Barracas, los días hábiles desde el 9 hasta el 16 de diciembre en el horario de 10:00hs a 15:00hs.

Cómo se realizan las ofertas

La exhibición tendrá lugar en Zepita 3.102, barrio porteño de Barracas
Los oferentes, para realizar ofertas en la subasta, deberán registrarse hasta 48 horas hábiles antes de la fecha de la misma, de acuerdo a lo estipulado en el punto uno de las Condiciones de Venta que rige la presente subasta.

Al momento de inscribirse, los interesados deberán acreditar haber constituido una garantía por la suma equivalente al ocho por ciento (8%) del precio de base por cada lote que estén interesados en participar.

En caso de querer ofertar por varios lotes, deberá realizar 1 sola transferencia de fondos, equivalente al 8% del total de las bases de los vehículos de su interés, de acuerdo a lo estipulado en el segundo punto de las Condiciones de Venta Particulares que rige la presente subasta.

Vehículos a rematar
Fiat Palio, Siena, Ducato, Combinato y Furgón
Chvrolet Astra, Vectra, Classic y S10
Ford Focus, Escort y Ranger
Volkswagen Polo
Peugeot 206, 406, 405, 504 y Partner
Renault 19 y Logan
Toyota Hilux
Citroën Jumper
Cuatriciclo Yamaha YFM 250
La venta de autos usados creció 5% en noviembre

La Cámara del Comercio Automotor (CCA) informó que en el mes de noviembre se comercializó en Argentina 152.866 vehículos usados, una suba del 5,43% comparado con igual mes de 2020 cuando se vendieron 144.994 unidades. Comparado con octubre de 2021 (140.854 unidades) el crecimiento llega al 8,53 por ciento.

En los primeros once meses del año se vendieron 1.538.981 autos usados, una suba del 13,47% con respecto a igual período de 2020 cuando se comercializaron 1.356.299 unidades.

Según Alberto Príncipe, presidente de la Cámara de Comercio Automotor, explicó que «el momento complejo que transita el país, la venta de autos usados volvió a crecer en noviembre. Faltando un mes para finalizar el año las ventas anuales ya superaron el 1,5 millones de vehículos y nos aproximamos al volumen comercializado en 2019 con 1,7 millones. Es importante aclarar que estas operaciones se realizan prácticamente sin financiación».

Venta de autos usados creció el último mes.

En cuanto al ranking de los 10 usados más vendidos en Argentina durante noviembre 2021 son los siguientes:

Volkswagen Gol y Trend: 9.183
Chevrolet Corsa y Classic: 5.582
Toyota Hilux: 4.541
Renault Clio: 3.841
Ford Fiesta: 3.793
Fiat Palio: 3.316
Ford Ranger: 3.215
Ford EcoSport: 3.171
Ford Focus: 3.170
Toyota Corolla: 2.974

Proyecciones
El contexto económico actual de la Argentina generó un escenario poco frecuente, en el que se achicó la brecha entre el costo de un auto 0Km y otro usado. Eso hizo que la venta de los últimos haya crecido, aunque tiene altibajos mes a mes. ¿Qué es lo que ocasiona este vaivén en la demanda? Más allá de la falta de financiación, lo engorroso que suelen ser los trámites para traspasar un vehículo de un propietario a otro es un tema que vuelve reticente a los compradores.

Según el informe Travesía de Comprar y vender un Auto en Argentina, elaborado por Focus Market, resaltan justamente cómo impactó en el mercado automotriz la pandemia y la consiguiente dificultad para acceder a importaciones, los cepos cambiarios y la macroeconomía en general.

Según la Cámara de Comercio Automotor (CCA), la dinámica habitual del mercado automotor la marca el contexto económico reinante. En la Argentina, todos los años, entre 2 o 2,2 millones de personas compran un auto 0km o un usado (en su mayoría). Hoy este ritmo está inestable e impredecible.

Es que hoy para «comprar un 0km no solo se necesita más dinero, sino que encontrarlo en stock es una lotería, teniendo que esperar en algunos casos más de 6 meses para adquirirlo», indica el estudio de Focus Market.

«Esto se debe a que la mayoría de los autos chicos provienen de Brasil, y las marcas hacen finos cálculos para definir qué modelos les conviene comprar al exterior y cuáles no, para no malgastar el cupo de dólares que les habilita el Gobierno para importación. Muchas compañías están seleccionando qué productos comercializar, y prefieren no ofrecer el portfolio completo, ya que dan prioridad a la oferta de los autos más vendidos y rentables o bien, a los producidos en el país«, agrega el informe.

Fuente: iProfesional