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Tráileres categoría O1: revisando las normas obligatorias desde noviembre 2021

El Dr. Eduardo Mascheroni ejerce su profesión de abogado con especialización en automotores, y es docente en cursos de formación de Mandatarios en todo el país.

Hoy, un nuevo artículo de fondo en nuestra Web, relativo a la inscripción de tráileres y acoplados; a pocas semanas del 1° de noviembre, fecha límite de presentación del trámite.


“Por la reglamentación de la ley nacional de tránsito N° 24.449, el Poder Ejecutivo nacional, dictó el Decreto Nº 32/2018, conforme al cual, los tráileres o pequeños acoplados, Categoría O1, que desplazan hasta 750 kg.de peso, con fines recreativos, esto es acoplados que se utilizan para el transporte de pequeñas embarcaciones deportivas, motos, equipajes, casas rodantes, food trucks (estas dos modalidades no contempladas inicialmente), etc., deben contar con una chapa patente o placa metálica identificatoria de carácter alternativo y uso obligatorio, a partir del 01 de noviembre de 2021 y vinculada al dominio del vehículo tractor o de remolque”.
“Sin perjuicio de las notas ya realizadas por Panorama Registral (Ver la del propio autor de este artículo y la de la Mandataria y capacitadora Paula Todesco) cuya lectura o revisión, recomendamos, en esta oportunidad, precisamos, las normas a aplicarse, a pocos días de aplicarse la obligatoriedad de la normativa”.


“Al respecto, tenemos entonces que:

  1. En el mes de abril de 2018, se presentó la nueva patente para los trailers, supliendo a la denominada patente 101, de hechura artesanal, la cual replicaba a la patente del vehículo tractor (anteponiendo el Nº 101). La nueva patente es de color blanca con ribetes rojo bourdeaux y tendrá la misma numeración del vehículo tractor, con la leyenda “TRÁILER” en la parte superior.
  2. Con la vigencia de la nueva patente en noviembre de 2019, la autoridad de aplicación, esto es la ANSV, señaló que los propietarios deberían requerir para sus tráileres, un proceso de homologación, en el caso de dichos acoplados nuevos, con la licencia de configuración de modelo inserta en el certificado de fabricación y sino constare, tanto para ellos como tráileres artesanales o antiguos, un certificado de seguridad vehicular, a expedir por la ANSV a través de los centros de revisión técnica obligatoria o con dictamen visado por el colegio profesional respectivo de ingenieros mecánicos, aunque esta medida no fue fijada claramente, hasta el corriente año 2021.

Dr. Eduardo Mascheroni Torrilla

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