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Toda la Normativa de Septiembre 2020

Durante el mes de Septiembre que acaba de finalizar, con su color habitual apagado en nuestro país y en el mundo por la pandemia del Coronavirus, éstas fueron las novedades difundidas por la Dnrpa:

Se derogaron las Disposiciones D.N. N° 309 y 310/19; reasignando a la Dirección de Registros Seccionales funciones que se encontraban encomendadas al Departamento Calidad de Gestión —Registro de Mandatarios, Matrículas, Reválidas, Cursos de Actualización; entre otros— (Disposición D.N. N° 152/20).

Se designó a la Dra. Silvana Andrea Romero como responsable de las tareas vinculadas a la presentación de las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de parte de los funcionarios a cargo de los Registros Seccionales (Disposición D.N. N° 151/20)

Se arbitró la posibilidad de que los acreedores fijen una dirección de correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones registrales generadas a partir de la inscripción de un Contrato de Prenda a su favor; como la cancelación de Prenda por artículo 25, inciso c) (Disposición D.N. N° 154/20).

Se informó a los Encargados e Interventores que la U.I.F. remitirá requerimientos para la registración o rectificación de datos según corresponda; comunicándose la casilla electrónica donde canalizar la documentación o cualquier consulta de registración (Circular D.R.S. N° 24/20):

Se sustituyó el artículo 1° de la Sección 3ª, Capítulo V del R.I.N.O.F. por el texto que se adjuntó, en atención al Libro de Autoridades Digital que deben llevar los Registros Seccionales (Disposición D.N. N° 159/20)

Se comunicó a los Registros Seccionales que, debido a la emergencia pública sanitaria actual, y a los retrasos de correo que ello ocasiona, podrán contar los plazos previstos para los efectos de la Denuncia de Venta y de la Cancelación de Prenda por artículo 25 a partir de la fecha de notificación del servicio Web que ofrezca el Correo que diligenció la comunicación de la que se trate (Circular D.A.N.J. N° 7/20).

Se determinó la sustitución, a partir del 1/10/20, la Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos a los fines del cálculo de los aranceles para la Inscripción Inicial y Transferencia de los citados bienes (Disposición D.N. N° 165/20).

Se prorrogaron los plazos y previsiones contenidos en la Disposición D.N. N° 82/20 (que impide a los Registros Seccionales la inscripción de Transferencias Dominiales originadas en procesos judiciales o extrajudiciales como consecuencia de ejecuciones correspondientes a créditos prendarios actualizados por U.V.A) hasta el 31/1/2021 (Disposición D.N. N° 176/20)

Todo ello entre otras instrucciones normativas que podés encontrar bajo Este Link.

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