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La AFIP sube el piso para informar compraventa de autos y motos

La Resolución General (AFIP) 2032 establece un régimen de información, respecto de las operaciones de intermediación y/o compraventa de vehículos automotores y/o motovehículos usados.

A través de la Resolución General (AFIP) 4550 se incrementan los montos de los vehículos que quedan comprendidos en el régimen de información, con vigencia a partir de este martes 20 de agosto

Aplica para las operaciones donde el precio de transferencia pactado o, de existir, el valor consignado en la tabla de valuaciones para el cálculo de aranceles utilizada por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRNPAyCP), el mayor de ellos, resulte igual o superior a:

– Automotores usados: se incrementa de $ 100.000 a $200.000, es decir, un 100 por ciento.

– Motovehículos usados: se incrementa de $ 27.000 a $80.000, es decir, un 296 por ciento.

La última actualización fue en julio de 2016. 

La inflación desde dicho mes hasta la fecha, fue mayor al 240%, motivo por el cual, el ajuste del valor de los motovehículos es superior a la inflación pero el que corresponde a los automores debía haberse llevado a un valor más cercano a los 250.000 pesos.

En tanto, la Resolución General (AFIP) 2729 establece un régimen de información para los sujetos que realicen operaciones de transferencia de vehículos automotores-excluidas las maquinarias (agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, máquinas viales y todas aquellas que se autopropulsen)- y motovehículos, usados radicados en el país.

La Resolución General (AFIP) 4550 también incrementa el monto mínimo para tener que cumplir con el Régimen.

Fuente: www.iprofesional.com

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