Durante el mes de abril que acaba de finalizar, la D.N.R.P.A. modificó sustancialmente el régimen de Verificación Obligatoria en Transferencias, estableciendo que la misma revestirá tal carácter sólo para los vehículos de entre dos y doce años de antigüedad (Disposición D.N. N° 116/19, Circular D.N. N° 8/19). Se solicitó no obstante a los Encargados, Interventores y Colaboradores de Registro que ilustren a los peticionarios respecto a la importancia de practicar la verificación del automotor en forma voluntaria; aún cuando ello no sea un requisito administrativo indispensable (Circular D.N. N° 9/19).
Con respecto a la próxima implementación de la Firma Digital en los Registros se dieron las instrucciones necesarias a 140 Encargados e Interventores de Registro de la provincia de Buenos Aires (Circular D.R.S. Nº 16 y 17/19).
También se comunicó a los Registros que resultaría obligatoria la transmisión en el monitor de TV del Seccional del contenido institucional referido al 20% de descuento en Transferencias iniciadas digitalmente (Circular D.N. N° 11/19) y se reguló la forma en que los Seccionales deberían proceder, a partir del 22/5/19, en relación a los trámites posteriores referidos a los contratos de Prenda Digital (Disposición D.N. N° 125/19)
Por otra parte, se eximió del pago de aranceles registrales a los trámites de rectificación de datos por Cambio de Género que se peticionen en los Registros Seccionales de todas las competencias, a partir del 2/5/19 (Resolución M.J. y D.H. Nº 273/19 y Circular D.N. N° 12/19)
Se determinó finalmente que, a partir del 3/6/19, las personas humanas o jurídicas podrán solicitar el acceso remoto y masivo a la Base de Datos de la D.N.R.P.A. a través de la plataforma informática de Trámites a Distancia -T.A.D- (Disposición D.N. N° 136/19) y se eliminó, a partir del día 3/6/19, el uso del Formulario 58 como herramienta para peticionar informes de Dominio (Disposición D.N. Nº 143/19).