Un fabricante y una concesionaria deberán indemnizar al dueño de un auto que sufrió desperfectos a los pocos meses de ser adquirido. Así lo dispuso la Sala Segunda de la Cámara Civil de Apelaciones de Neuquén al confirmar la sentencia que hizo lugar a la demanda
La causa tramitó en los autos “M. N. E. C/ S. S.A. y Otro S/ Cumplimiento Acuerdo Ley 24240” a raíz del reclamo de la actora contra la concesionaria y el fabricante del vehículo por la “reparación no satisfactoria del automotor que adquiriera”.
La sentencia de primera instancia condenó a las demandadas a abonar a la actora el importe equivalente al de un vehículo nuevo, con las mismas características técnicas del oportunamente adquirido, conforme el precio vigente en plaza al momento de abonarse el mismo. También ordenó a la actora la entrega en devolución la camioneta.
El fallo de grado estableció, además, una indemnización por privación de uso del automotor al considerar que el vehículo «oportunamente entregado a la accionante presentó defectos de fabricación que no pudieron ser solucionados”.
Según consta en la causa, el automóvil ingresó al taller mecánico de la concesionaria en catorce oportunidades en menos de doce meses.
Los camaristas señalaron que en el caso “ha fallado el cumplimiento de este estándar de calidad”, y que la persona que «adquiere un automóvil 0 km lo hace pensando en que podrá hacer uso de ese bien sin mayores inconvenientes, excepto el mantenimiento habitual, por lo menos en los primeros años o durante un cierto kilometraje”.