5ª Conferencia Anual Panorama Registral

El Viernes 26 de agosto a las 18 hs. dará inicio la 5a Conferencia Anual de Panorama, que lleva por título: “El sentido común en la Practica Registral”. A la habitual presencia de Eduardo Mascheroni y Mónica Sticconi se suma en esta oportunidad la Mandataria Paula Todesco.

“Mi idea para el Encuentro es compartir tres o cuatro casos de Fracaso y Éxito en trámites registrales”, nos comenta la invitada este mes.

Dr. Eduardo Mascheroni

Frente a trámites que los Registros observan o directamente no quieren recibir es importante convocar el sentido común de los registradores, pero a la vez dar un mensaje esperanzador ya que con conocimiento y acción todo tiene solución”.

¿Qué hacemos por ejemplo si…

1) “…el Registro no recibe solicitud de Cédula de Autorizado con Solicitud Tipo 02 porque al momento de generar el turno se abonó VEP?

2) “…en una Transferencia el Registro no procesa el trámite porque la Declaración Jurada que se adjunta para pedido de cédulas de autorizado está firmada en Tribunales de su jurisdicción, al igual que el resto de la documentación?

3) “…el Registro no acepta trámite de Baja con Recuperación de Piezas porque dice que el papel de las fotos no es válido?

Dra. Mónica Sticconi

4) “…el Registro observa transferencia porque el adquirente el mismo día de ingreso de la transferencia tramitó un nuevo DNI en el que cambió el domicilio?“.

“Básicamente pienso que como comunidad necesitamos trabajar en el sentido común, y entender que detrás de cada trámite hay seres humanos. La calidad humana no debería descuidarse“.

“La idea no es atacar a los Registros sino relatar con humildad y convicción cómo se transitan estos casos, esto sin dejar de exponer la fundamentación técnico-registral”.

Anotate enviando un mail a: conferenciaspanorama@gmail.com, el costo de acceso es de $ 800.-

¡Te esperamos en el Zoom!

Motovehículos sin Certificado de Origen

En el día de hoy, la D.N.R.P.A. se encuentra difundiendo su Circular D.A.N.J. N° 3/22. La misma recuerda que, frente a los casos en que no pueda recuperarse el Certificado de Origen de los motovehículos (no eléctricos) con fecha de fabricación o importación entre el 1/1/10 y el 31/12/20; no resultará procedente su inscripción. Indica que el incumplimiento de las previsiones indicadas en la materia, que implique la registración de Inscripciones Iniciales manifiestamente improcedentes, será considerado, cuanto menos, falta grave.