En una primera etapa, esta medida alcanza solo a quienes realicen trámites en los Registros de Capital Federal y Gran Buenos Aires.
A partir de hoy, los Registros de la Propiedad Automotor de la Ciudad y de la provincia de Buenos Aires comenzarán a exigir el grabado de autopartes en todas las transferencias de vehículos que se realicen en esos distritos.
Según explicó la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA), «al momento de la inscripción de una transferencia sobre un dominio radicado en una jurisdicción alcanzada por el grabado de autopartes, el Sistema Único de Registración de Automotores (SURA) controlará que se haya dado cumplimiento al grabado de las autopartes de conformidad con la norma local vigente«.
Un control idéntico se realizará respecto del trámite de duplicado de Cédula de Identificación del Automotor y del cambio de tipo de carrocería.
La ley 3.708 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la ley 14.497 de la provincia de Buenos Aires, establecen en cada una de esas jurisdicciones la obligación del grabado de autopartes.
Ahora, la DNRPA -organismo que depende del Ministerio de Justicia- dispuso que los Registros actúen como órganos de contralor del grabado al momento de las transferencias de automotores.
Fuente: Ambito.com
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